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Permiso para exámenes prenatales y preparación al parto

El artículo 37.3.f) del ET reconoce el tiempo indispensable para exámenes prenatales y preparación al parto. Qué cubre, qué condición impone y cómo se anota en el registro.

Normativa

De todos los permisos retribuidos del artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores, el de exámenes prenatales es el único que no se mide en días. La ley no dice «un día» ni «cinco días»: dice «el tiempo indispensable». Esa fórmula resuelve el problema de fondo —una ecografía dura lo que dura y el desplazamiento también— y abre otro, porque un permiso sin duración fija es un permiso que hay que documentar caso por caso.

Este artículo detalla qué cubre exactamente la letra f) del artículo 37.3, qué condición impone para que nazca el derecho y cómo debe quedar reflejada la ausencia en el registro de jornada.


TL;DR

  • El artículo 37.3.f) del Estatuto de los Trabajadores reconoce el tiempo indispensable para exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, retribuido.
  • La misma letra cubre las sesiones de información y preparación y los informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad en adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento.
  • La condición es que las actuaciones deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo. Si caben fuera, no hay permiso.
  • El encabezado del artículo 37.3 exige previo aviso y justificación para todos los permisos de la lista.
  • En el sector público, el permiso equivalente está en el artículo 48.e) del EBEP, con redacción propia.

El texto exacto de la letra f)

El apartado 3 del artículo 37 se abre con una fórmula que condiciona toda la lista:

«La persona trabajadora, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:»

Y la letra f) dice:

«f) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto y, en los casos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, siempre, en todos los casos, que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo.»

Conviene desmenuzarla, porque cada bloque tiene consecuencias distintas.

«El tiempo indispensable»

No hay número. El permiso dura lo que dure la actuación más lo que exija llegar y volver, y su medida es la necesidad real, no una bolsa de horas. Esto tiene una consecuencia que sorprende a quien espera un cupo: no se «gastan» horas de un saldo. Cada cita genera su propio permiso.

La contrapartida es que «indispensable» significa indispensable. Encadenar la ecografía con gestiones personales no convierte la tarde entera en tiempo protegido.

«Exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto»

Son dos supuestos distintos y ambos están cubiertos. Los exámenes prenatales son las pruebas de seguimiento del embarazo. Las técnicas de preparación al parto son las sesiones formativas previas. El texto no exige que unas u otras se presten en la sanidad pública ni fija un número máximo de sesiones.

El bloque de adopción, guarda y acogimiento

La misma letra extiende el permiso a tres actuaciones cuando el proyecto es de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento: las preceptivas sesiones de información y preparación, y los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad. La palabra que hace el trabajo aquí es «preceptivas» o «preceptivos»: el permiso ampara lo que el procedimiento exige, no las gestiones que se hagan por iniciativa propia.

«Siempre, en todos los casos, que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo»

Esta es la condición que decide la mayoría de los casos dudosos, y el texto la refuerza con un «en todos los casos» que no admite lectura sectorial. Si la actuación puede realizarse fuera del horario de trabajo, no genera permiso retribuido. Si el centro sanitario solo da cita en horario que coincide con la jornada, sí.

En la práctica, esta condición es también la que orienta el justificante: lo que hay que acreditar no es solo que se asistió, sino la hora a la que se asistió.


Previo aviso y justificación: qué se puede pedir

La exigencia de previo aviso y justificación está en el encabezado del apartado 3 y alcanza a todos los permisos de la lista, incluido este. El Estatuto no fija plazo de preaviso ni enumera documentos válidos: eso lo concreta el convenio colectivo o la política interna de permisos.

Lo razonable, y lo que evita fricción, es un justificante del centro sanitario o del organismo competente con fecha y hora de la actuación. Ese dato es el que permite comprobar la condición de la letra f) sin entrar en el contenido de la cita.

Y aquí hay un límite que conviene tener presente: el diagnóstico, el motivo clínico o cualquier dato de salud son datos personales de categoría especial. El justificante que la empresa necesita acredita cuándo se estuvo, no qué se hizo. Pedir de más no refuerza el control y sí crea un problema de protección de datos. La guía sobre cómo justificar una ausencia en el registro de jornada desarrolla el procedimiento general y el nivel de detalle exigible.


Cómo se anota en el registro de jornada

El artículo 34.9 del ET obliga a la empresa a garantizar el registro diario de jornada, incluyendo el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de cada persona trabajadora, y a conservar esos registros durante cuatro años a disposición de la plantilla, de sus representantes y de la Inspección de Trabajo.

Un permiso por el tiempo indispensable no interrumpe esa obligación: la complica un poco, porque el día se parte. La secuencia limpia:

  1. Marca de entrada a la hora real de inicio de la jornada.
  2. Marca de salida al ausentarse, con el tipo de permiso asociado, no como pausa genérica.
  3. Marca de entrada al reincorporarse, si la jornada continúa.
  4. Marca de salida al terminar.
  5. Justificante vinculado al tramo de ausencia y archivado durante los cuatro años del artículo 34.9.

El resultado es un día con cuatro apuntes y un tramo intermedio identificado por su causa. Lo que no debe ocurrir es que ese tramo aparezca como un hueco sin explicación: un hueco admite dos lecturas y solo una favorece a la empresa. La mecánica de partir el día está desarrollada en la guía sobre jornada partida y registro del descanso.

Si el permiso consume la jornada entera, el día se marca completo con su categoría de permiso retribuido, igual que se hace con cualquier otro del artículo 37.3.


El mismo permiso en el sector público

Para el personal funcionario, la norma aplicable no es el Estatuto de los Trabajadores sino el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público. Su artículo 48.e) reconoce el permiso «por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto por las funcionarias embarazadas y, en los casos de adopción o acogimiento, o guarda con fines de adopción, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo».

El mismo apartado precisa que el término «funcionarias embarazadas» incluye también a las personas funcionarias trans gestantes.

La estructura es equivalente y la condición temporal, también. Las especialidades del registro en la Administración están tratadas en la guía sobre control horario en el sector público.


Errores frecuentes

Tratarlo como una bolsa de horas anual. No hay cupo. La letra f) mide por actuación, no por saldo.

Descontarlo de asuntos propios o de vacaciones. Es un permiso retribuido con causa propia. Descontarlo de otra bolsa vacía de contenido el derecho del artículo 37.3.f).

Exigir informe médico con diagnóstico. El dato que la empresa necesita es la franja horaria de la cita. El resto es información de salud que no le corresponde tratar.

Registrar la ausencia como pausa. Una pausa y un permiso retribuido no son lo mismo ni computan igual. Cada concepto necesita su propia categoría en el registro.

Negarlo porque «podría haber pedido cita por la tarde». La condición de la letra f) es que la actuación deba tener lugar dentro de la jornada. Si el centro no ofrece alternativa, se cumple. Si la ofrece y la persona elige el horario laboral, la empresa puede razonablemente pedir que se ajuste.

Olvidar el bloque de adopción. Es la parte de la letra f) que menos se aplica y la que más veces se resuelve mal, porque se busca la palabra «embarazo» en la norma y no aparece en ese tramo.


Preguntas frecuentes

¿Cuántas horas de permiso por exámenes prenatales corresponden?

Las indispensables. El artículo 37.3.f) del ET no fija duración: reconoce «el tiempo indispensable» para la realización de la actuación, siempre que deba tener lugar dentro de la jornada de trabajo.

¿Está retribuido?

Sí. El encabezado del artículo 37.3 del ET dispone que la persona trabajadora podrá ausentarse «con derecho a remuneración» por los motivos que enumera, y la letra f) es uno de ellos.

¿Puede acompañar la otra persona progenitora?

El artículo 37.3.f) no distingue por sexo ni por rol al describir el permiso, pero tampoco regula expresamente el acompañamiento. Muchos convenios colectivos sí lo contemplan. Antes de resolver, conviene revisar el convenio aplicable; la guía sobre convenio colectivo y registro de jornada por sector explica cómo identificar cuál rige.

¿Cubre las clases de preparación al parto?

Sí. La letra f) menciona expresamente las «técnicas de preparación al parto», con la misma condición de que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo.

¿Y en un proceso de adopción?

También. La letra f) ampara la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, en adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento.

¿Qué justificante puede exigir la empresa?

El Estatuto exige «justificación» sin publicar una lista. Lo habitual y suficiente es un documento del centro sanitario o del organismo competente que acredite la fecha y la hora de la actuación, sin datos clínicos.


Cómo lo resuelve Tempika

En Tempika una ausencia parcial no rompe el día: se marca como tramo con su propia categoría, se aprueba desde el panel y arrastra el justificante que subió la persona trabajadora. El día queda con sus cuatro apuntes y con el motivo del hueco a la vista, que es exactamente lo que hace falta cuando alguien revisa el periodo meses después.

Cada apunte se encadena mediante hash con el anterior, así que una corrección posterior queda trazada con autor, fecha y motivo. El modo Inspección entrega el periodo completo por persona en CSV, XML y PDF.

Puedes revisar el detalle en las funcionalidades de Tempika o consultar la guía sobre registro de jornada y conciliación.


Contenido elaborado por el Equipo Tempika (Summum Marketing) con la redacción vigente del Estatuto de los Trabajadores y del Estatuto Básico del Empleado Público consultada en el BOE a 31 de julio de 2026. Tiene carácter informativo y no sustituye al asesoramiento jurídico especializado.

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