Calcula el plus de nocturnidad
Introduce las horas fichadas entre las 22:00 y las 06:00 y el porcentaje de tu convenio: calculamos el importe. El Estatuto no fija el porcentaje, cada convenio lo pacta.
Un tramo horario fijo, un porcentaje que decide tu convenio
El artículo 36.1 del Estatuto de los Trabajadores considera nocturno el trabajo entre las 22:00 y las 06:00: es la misma franja para cualquier empresa, no depende del convenio. Lo que sí deja en manos de cada convenio es el importe del plus: el artículo 36.2 no impone un porcentaje mínimo.
Por eso esta calculadora aplica el tramo legal a tu turno, pero te deja introducir el porcentaje real de tu convenio en vez de dártelo por supuesto. El 25 % que trae por defecto es solo un ejemplo para ver el cálculo.
Calcula tu plus de nocturnidad
Introduce el turno, el salario y el porcentaje de tu convenio. Calculamos las horas nocturnas y el importe del plus.
Si la hora de fin es anterior a la de inicio, entendemos que el turno cruza la medianoche.
160 horas es habitual en jornada completa; ajusta a tu convenio.
El art. 36.2 ET no fija un porcentaje: lo pacta cada convenio colectivo. El 25 % de aquí es solo un EJEMPLO para ver el cálculo, no una media de mercado. Sustitúyelo por el de tu convenio antes de usar el resultado.
- De tu turno (22:00 a 06:00), 8 h caen dentro del tramo nocturno del art. 36.1 ET (22:00 a 06:00).
- Valor de tu hora ordinaria: 1500 € ÷ 160 h = 9,38 €.
- Plus: 8 h × 9,38 € × 25 % = 18,75 €.
Estimación orientativa: el tramo 22:00–06:00 es el que fija el art. 36.1 ET, pero el porcentaje del plus lo decide tu convenio, no la ley. No sustituye a tu nómina ni al asesoramiento de un profesional laboral.
Cómo funciona
Qué mira la calculadora
El tramo nocturno es el mismo para todos; el porcentaje del plus lo pones tú, según tu convenio.
22:00 a 06:00, sin excepciones
El art. 36.1 ET considera nocturno el trabajo realizado entre las 22:00 y las 06:00. Es la misma franja para cualquier empresa o sector: no depende del convenio. Si tu turno cae, aunque sea en parte, dentro de esas horas, esas horas cuentan como nocturnas.
El porcentaje lo pacta tu convenio
El art. 36.2 ET no impone un porcentaje mínimo: deja el importe del plus en manos de la negociación colectiva. Cada convenio fija el suyo (o una cantidad fija), y varían de un sector a otro. Por eso lo introduces tú, no lo calculamos nosotros.
Así se calcula el importe
Horas nocturnas del turno × valor de tu hora ordinaria (salario ÷ horas de jornada al mes) × porcentaje del convenio. La calculadora hace la cuenta con tus datos y te muestra cada paso.
Turnos nocturnos, sin la cuenta a mano
Registrar cuándo empieza y acaba cada turno evita discutir las horas nocturnas
Esta calculadora resuelve una duda puntual con los datos que le das. Lo que sostiene el cálculo mes a mes, en sectores con turnos nocturnos habituales, es un registro fiable de la hora real de entrada y salida.
Hora real, no un horario teórico
El fichaje registra el minuto exacto de entrada y salida, no el cuadrante previsto. Es lo que exige el art. 34.9 ET para cualquier jornada, también las nocturnas.
Conservado 4 años
A disposición de la plantilla, sus representantes y la Inspección, con las horas nocturnas ya identificadas por turno (art. 34.9 ET).
Sin biometría
El fichaje se confirma en 1 gesto, también en turnos de madrugada, sin huella ni reconocimiento facial.
Los turnos nocturnos son habituales en sectores como la industria, la seguridad o las farmacias de guardia. Consulta nuestros planes y precios o revisa el resto de herramientas gratuitas.
Preguntas frecuentes
Dudas sobre el plus de nocturnidad
Respuestas claras, ancladas al art. 36 ET. Cuando algo depende de tu convenio, lo decimos.
El registro que hay detrás de estas horas nocturnas, en tu empresa
Esta calculadora resuelve una pregunta puntual. Tempika ficha cada turno en 1 gesto, día y noche, offline-first y sin biometría.
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