Tempika
Herramienta orientativa · Art. 34.3 ET

¿Cumple el descanso entre jornadas?

Entre el fin de una jornada y el inicio de la siguiente tienen que pasar 12 horas. Introduce la hora de salida y la de entrada y compruébalo en segundos.

En qué se basa

12 horas entre el fin de una jornada y el inicio de la siguiente

Comprueba si un cambio de turno o una guardia respeta las 12 horas mínimas entre jornadas.

Estatuto de los Trabajadores, art. 34.3: 12 horas mínimas entre el fin de una jornada y el inicio de la siguiente.

Esta calculadora compara las dos horas que tú introduces con ese mínimo. Es orientativa: no es un veredicto de cumplimiento ni asesoramiento jurídico. Para tu caso concreto, consulta con un profesional laboral.

Comprueba tus 12 horas de descanso

Introduce a qué hora terminó la jornada anterior y a qué hora empieza la siguiente.

Si la hora de inicio es anterior a la de fin, entendemos que la siguiente jornada empieza al día siguiente: el caso habitual de un cambio de turno o una guardia que cruza la medianoche.

Cumple el mínimo del art. 34.3 ET
12 h
de descanso, por encima de las 12 horas mínimas entre el fin de una jornada y el inicio de la siguiente.
Automatizar este control

Estimación orientativa según el art. 34.3 del Estatuto de los Trabajadores. Compara solo las dos horas que introduces: no evalúa el resto del cuadrante ni sustituye el asesoramiento de un profesional laboral.

Cómo se comprueba

Lo que dice el art. 34.3 del Estatuto de los Trabajadores

Tres ideas para leer bien el resultado: a quién se aplica, cómo cuenta el cruce de medianoche y qué es lo que NO comprueba esta herramienta.

12 horas, sin importar el contrato

El art. 34.3 ET fija un mínimo de 12 horas entre el fin de una jornada y el inicio de la siguiente para cualquier persona trabajadora, sea cual sea su contrato o su sector.

El cruce de medianoche cuenta igual

Una jornada que termina de noche y la siguiente que empieza al día después siguen siendo dos jornadas distintas: entre ambas tienen que mediar las mismas 12 horas, aunque el reloj pase por las 00:00.

Solo mide estas dos horas

Esta calculadora comprueba únicamente el descanso entre las dos jornadas que introduces. No revisa el descanso semanal, el límite de horas extra ni el resto del cuadrante.

Dónde más falla esto

Los cambios de turno y las guardias son el punto débil

Cuando el fichaje se apunta a mano o el cuadrante se cuadra a ojo, es fácil que un cambio de turno o una guardia se quede por debajo de las 12 horas sin que nadie lo note hasta que ya ha pasado.

Pasa sobre todo en sectores con guardias y turnos rotativos, como clínicas o seguridad, donde una guardia puede empezar de madrugada justo después de que termine el turno anterior. En hostelería y farmacias, con cierres tardíos y aperturas tempranas, el riesgo es parecido.

Tempika no rehace el cuadrante por ti, pero deja la hora real de entrada y salida de cada persona registrada día a día: con ese dato a la vista es mucho más fácil detectar antes de publicar el cuadrante que un cambio de turno se queda corto de descanso. Explora el resto de herramientas gratuitas o revisa los planes y precios.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el descanso entre jornadas

Respuestas claras, ancladas al art. 34.3 del Estatuto de los Trabajadores.

El artículo 34.3 del Estatuto de los Trabajadores fija un mínimo de 12 horas entre el fin de una jornada de trabajo y el inicio de la siguiente. Es un derecho de la persona trabajadora que no depende del tipo de contrato ni del sector, y se aplica igual cuando hay un cambio de turno o una guardia que cruza la medianoche.

El descanso entre jornadas, controlado sin hacer cuentas

Tempika registra la hora real de entrada y salida de cada persona, para que detectar un cambio de turno demasiado corto no dependa de mirar el cuadrante a ojo.

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